Corrientes Contemporáneas de la Filosofía del Derecho
CORRIENTES CONTEMPORÁNEAS
DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
"La Filosofía del
Derecho" es escrito por Abel Naranjo Villegas en 1959 a través de la editorial
TEMIS y supone el trabajo de un historiador, político, filósofo y humanista que
en su afán de formar las nuevas generaciones busca corregir y así mismo
desarrollar una nueva filosofía del derecho basada en las concepciones
antiguas, en esta quinta edición del libro, vamos a enfocarnos en su capítulo
XXVI titulado Corrientes contemporáneas de la filosofía del derecho.
Naranjo Villegas
empieza hablando sobre el criticismo, que si bien nace con una actitud crítica
de la filosofía luego se encarga de deformar o eludir la verdad, primero
contraponiéndose a los métodos inductivos y deductivos de Aristóteles para
luego usarlos de forma deliberada para cualquier método experimental, causando
un desequilibrio entre los resultados por la mala decisión de fijar los objetos
de conocimiento, por esta razón, el kantismo basa su doctrina en reconocer
cuales son los objetos de conocimiento y con ayuda de la metafísica proyecta un
conocimiento que solo se puede dar a través de la razón.
Siguiendo con la
filosofía Kantiana, nace un criticismo jurídico que está integrado por juicios
sintéticos a priori según lo explica Kant en su Crítica de la razón práctica y
también por unos juicios analíticos, reuniendo así condiciones de aprioridad y
aposterioridad para formar ciencias realmente válidas y necesarias, conociendo
sus calidades y adquiriendo la experiencia para conocer valores absolutos, que
según Kant es únicamente la voluntad libre y razonable, este “bien absoluto”
debe ser plenamente respetado en cuanto a un acuerdo de voluntades que debe ser
garantizado y debidamente subordinado a través de mandamientos que pueden ser
condicionales (cuyo fin es renunciable) e incondicionales (cuyo fin no se puede
renunciar) y que al fin y al cabo es la legislación quien debe proteger esta
voluntad.
Kant entiende al
derecho como una vinculación de voluntades libres y razonables y como derecho
en sí, debe generar un orden proyectado hacia los hechos, pero así mismo, debe
generar un orden que se proyecte hacia adentro, a la zona interna del
individuo, esa zona donde recae la moral.
Gracias a la obra
de Kant tan importante y respetada en el mundo filosófico, nace también una
concepción llamada Neokantismo que dotados de su doctrina buscan dar respuesta
a las principales cuestiones planteadas por Kant en su filosofía, entre ellas
está el formalismo jurídico que a través de una teoría del conocimiento busca
solucionar los problemas de la filosofía sobre distinguir el derecho justo del
“injusto” concluyendo que el conocimiento del derecho es el contenido de un
proceso histórico que le da materia y de la inteligencia que le da forma y
sigue la doctrina kantiana en cuanto a la aplicación del método trascendental
que se usa para afirmar que son las formas las que permiten reconocer conceptos
universales.
A continuación, se
explica el realismo jurídico que influye en la actualidad y nace de la doctrina
positivista al igual que el criticismo que para José Ortega y Gasset son “una
manera de ignorancia filosófica” pero en cuanto a la separación que hubo entre
la filosofía y la metafísica se generó un derecho natural que se alejó bastante
del derecho como tal y según Naranjo, fue más bien “un retorno a la naturaleza
primitiva del hombre”, el hecho de que se haya dejado de aceptar la existencia
de una filosofía del derecho significó para el orden jurídico un
quebrantamiento en la vida social que solo surgió gracias al realismo jurídico
y mantuvo sumida a la ciencia.
Entre las
doctrinas que surgieron del Renacimiento está también el Racionalismo Jurídico
que siguiendo la concepción positivista logra superarla y supone al hombre a
obedecer al impulso de interpretar la naturaleza y lo pone como realidad
suprema y medida de todas las cosas…sí, así como lo dijo Protágoras, el
racionalismo se estructuró en base a principios apriorísticos adecuados entre
la naturaleza y la razón para dar respuesta a un perfeccionamiento individual,
con el fin aproximar al hombre al ideal de la razón a través de la elaboración
de conceptos y principalmente, de la experiencia.
Una de las
corrientes que también estuvo dotada de concepciones Kantianas fue el
institucionalismo jurídico que gracias a Edmund Husserl retorna al positivismo
originario y se traslada a una concepción llevada al mundo de las esencias, lo
“eidético”, que plantea un conocimiento del individuo en su esencia y separar
esa esencia de todo el mundo existencial, esto es, una reducción a la que
Husserl llama “poner entre paréntesis” con el fin de reconocer a la intuición
como una capacidad mayor que la razón para llegar a esferas gnoseológicas que
permitan conocer el objeto central del derecho que es la justicia.
En cuanto a la
Axiología, Abel Naranjo Villegas precisa que ha tenido una gran influencia en
la filosofía del derecho, ya que si bien, puede parecer solo una carga
emocional o algo puramente estimativo, es uno de los centros de investigación
fundamentales para conocer el verdadero sentido de la justicia, incluso se
plantean cuatro esferas de la realidad que ayudan a entender el juicio
valorativo que se tiene de los objetos, y luego de definir las esferas de
objetos reales, de objetos que tienen supraser y de objetos ideales, nos
encontramos con la esfera de los valores.
La esfera de los
valores es propiamente axiológica en cuanto al significado subjetivo que
tienen, ya que, así a diferencia de las otras esferas, estos no sean
susceptibles de aprehensión, si tienen la calidad de objetos según la
visualización que se puede tener de ellos, así la estimación sea diferente
según el juicio de cada individuo, por lo tanto, la esencia de los valores no
es en cuanto a la propiedad sino al valor.
Pero en cuanto a
estos valores, Naranjo ve la necesidad de jerarquizarlos y a través de la
concepción de Max Scheller afirma que la subesfera de los valores se divide en
valores sensibles, valores vitales, valores estéticos y valores absolutos, que
al fin y al cabo se relacionan y subordinan unos con otros e incluso un valor
sirve de medio para el cumplimiento del otro, por eso la polaridad que puede
repercutir en la estimación de los valores.
Max Scheller busca
destruir el concepto de la moral kantiana y para esto concibe que el objeto de
la moral es la realización del valor que denominamos bondad, es decir toda
nuestra conducta está guiada para hacer lo que consideramos bueno, justo,
decoroso o religioso, puesto que todo individuo obra por un fin, que es un
bien.
Siguiendo con las
escuelas contemporáneas, está la del materialismo dialectico que aparece
gracias a Marx y Engels que ayudaron a la concepción de estados socialistas ya
que su aporte a la filosofía fue la crítica que se hizo a las clases sociales y
la búsqueda de la desaparición del estado y el derecho, que según Marx, estaba
adaptado para satisfacer las necesidades de las clases burguesas, es decir, las
clases dominantes en factores de producción y por lo tanto, de economía; su
doctrina del derecho supuso un nuevo conjunto de normas y códigos que buscaban
mostrar la innecesaria existencia del Estado y el derecho, por lo cual, en la
Unión Soviética, en China y en Alemania se adoptaron medidas socialistas
manifestadas por la voluntad de una sociedad sin clases.
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