Adopción homoparental

¿El fallo de la Corte Constitucional favorece el interés superior del menor?
     

Es siglo XXI: vivimos en un mundo globalizado y el contexto histórico ha permitido el avance tecnológico, científico, médico y profesional alrededor del mundo. Si comparamos el año 2017 con la edad media u otras épocas de la humanidad en que había más represión, más enfermedades, menos control político y no existían derechos fundamentales, puede parecer que estamos viviendo una época maravillosa; pero hay ciertos aspectos culturales que a pesar de los años siguen siendo constantes en la sociedad y han sido difíciles de erradicar precisamente por su arraigo en la mente de las personas.
     
Si bien a lo largo de los años a nivel internacional ha habido cambios notables y radicales en cuanto a obtención de derechos, es bien sabido que la lucha ha sido ardua y todavía hoy se sigue peleando por el reconocimiento de derechos de ciertas minorías. Hasta hace unos años la gente peleaba por disminuir las horas de trabajo, luego para que las mujeres votaran y después por la eliminación de la discriminación a los negros; pero a pesar de todo esto, la sociedad siempre busca un nuevo nicho para discriminar, todavía existe el racismo, el machismo y la homofobia, tres fenómenos que nos permite evidenciar que a pesar de las reformas culturales y políticas, es necesario seguir luchando por una igualdad salarial para hombres y mujeres, mayor protección a las diferentes razas y una tolerancia a las diferentes orientaciones sexuales, por solo nombrar unos de los problemas de discriminación que podemos mirar a diario en nuestras casas, barrios, universidades o lugares de trabajo.
       
Es preocupante que en la actualidad sigan existiendo instituciones que permitan este tipo de discriminaciones y en especial al grupo de personas que vamos a enfocar en este trabajo: los homosexuales. La Iglesia es una de ellas, que aparte de las guerras que ha causado durante toda la historia, también es el constante ejemplo de la ironía y la hipocresía; al tiempo que dicen que es necesario amar al prójimo dicen que no pueden aceptar que un homosexual tenga derechos, como si fuera un animal. Por esto es decepcionante que sigan pregonando a sus fieles palabras que por ser dogmas de fe, la gente tenga que seguir al pie de la letra.
      
Por esta razón, es decepcionante ver que todavía la iglesia sigue teniendo voz y voto en las decisiones del país. A nivel jurídico, Colombia es un estado laico, lo cual aparte de garantizar la libertad de cultos, independiza al Estado de la Iglesia, totalmente diferente a como era Colombia con la Constitución de 1886; pero así mismo hoy se sigue interpretando el derecho a razón de los preceptos morales de la iglesia y se evidencia en gran parte con la decisión de la Corte Constitucional en la Sentencia C-071 del año 2015.
     
Desde la Constitución Política de 1991 se garantizan derechos como la igualdad, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad o el derecho a tener una familia y no ser separado de ella, pero para ciertos sectores de la sociedad, en su mayoría que siguen una religión cristiana tienden a creer que estos derechos son solo para heterosexuales, sin tener en cuenta que existe una libertad de ser, formarse y crecer de la manera en que cada persona considere necesario sin afectar al resto de personas de la sociedad, pero ¿por qué se sigue creyendo que darle vía libre a los homosexuales de que adopten es un peligro para la sociedad y afecta el bien común?
     
Cuando se presentó la demanda de inconstitucionalidad a la Corte Constitucional se hizo con la finalidad de que el artículo 64, 66 y 68 del Código de infancia y adolescencia, respectivos a la adopción, se diera en las mismas condiciones para parejas del mismo sexo, en el entendido de que es necesario garantizar su derecho a la igualdad, a tener una familia y no ser separado de ella y favorecer el interés superior del menor; además de demandar el artículo 1 de la Ley 54 de 1990 para que se ampliara el concepto de “compañeros permanentes” también a las parejas del mismo sexo.
     
Pero la Corte Constitucional no sólo dejó en vilo el problema jurídico que se presentó sino que de manera regresiva sentó un precedente que no es beneficioso para los homosexuales. Entendiendo al Derecho como una institución a favor de los fines del hombre como su propia libertad, la justicia y la igualdad, no es posible que por concepciones religiosas que tienen más de 2000 años se sigan dando conceptos jurisprudenciales que pueden ser tildados de arcaicos, máxime cuando a nivel internacional ya se ha legislado sobre el tema y está más que determinado por la fuerza misma de los hechos sociales.
     
Dicho esto, considero que la Corte debería acogerse a lo que la sociedad y los tiempos  actuales exigen, a la fecha ya se considera constitucionalmente a la familia como la constituida tanto como por hombre, mujer e hijos, como las que integran al resto de miembros de la familia y así mismo a las integradas por parejas del mismo sexo entendiendo que lo que une a una familia es la solidaridad y el amor. Pero si en general insisten en que la sociedad heteropatriarcal que tanto ha discriminado e impuesto estereotipos es la única familia que tiene derechos están muy equivocados.
     
Nuestro sistema jurídico garantiza los derechos a todas las personas sin distinción alguna de géneros, razas o creencias, por lo tanto, dentro de esto es necesario que sea aceptada la adopción de hijos para parejas del mismo sexo y la constitución de sociedades patrimoniales, unión marital de hecho y matrimonio, contribuyendo así a la igualdad de géneros, al progreso de la civilización humana y al final de la discriminación de los sentimientos y pasiones humanas sólo porque no siguen los dogmas que la religión impone.
     
La concepción de esta sentencia tiene un tinte religioso y va en contra de todo el derecho contemporáneo; la familia puede estar constituida por parejas del mismo género, la igualdad  de géneros es importante para el vivir en comunidad, todos los ciudadanos tienen los mismos derechos ¿o en qué parte de la Constitución se prohíbe esto? ¿Por qué insisten en la incompatibilidad de una pareja homosexual para adoptar, convivir, y educar a sus hijos? Son bastantes los estudios que prueban que no hay un desequilibrio sicológico, familiar ni humano para los hijos que se crían con padres del mismo sexo, pero la iglesia y otros grupos homofóbicos y discriminatorios han montado una cantidad inmensa de especulaciones a ese grupo que integra la sociedad y que tiene los mismos derechos que el resto de sectores de la sociedad para sindicarlos de que no son aptos para adoptar ni para criar hijos y el Estado en su administración de justicia en vez de acabar con esto ha impulsado conceptos equivocados sobre la capacidad de los homosexuales para adoptar  y convivir como seres humanos normales con los mismos derechos y  obligaciones.
     
Por eso esta sentencia solo puede entenderse como una regresión más que hizo la Corte a los derechos de grupos LGBTI al no interpretar el derecho contemporáneo, ni el contexto social e internacional sino que contaminados de intereses políticos, religiosos y personales listas le quedan debiendo a la historia una opción de desarrollo cultural, de decirle a las nuevas generaciones que el país le dio una oportunidad a todas las personas sin discriminación de adoptar y de darle un hogar a miles de niños que hoy se encuentran en hogares del ICBF con madres sustitutas, personas que no podrán durar más de 1 año a su lado, creciendo sin el suficiente amor y sin las oportunidades que debería tener todo niño en el país ¿Acaso es esto pensar en el interés superior del menor? Pensar que cada día que pasa sin legislarse sobre el tema hay más niños que son abandonados por parejas que para la sociedad son supuestamente aptas para criar hijos porque son heterosexuales pero que han demostrado que no por seguir con los estereotipos le pueden dar todo a un hijo. Mauricio Albarracín, de Colombia Diversa sostiene que “Una pareja homosexual que cumpla con todos los requisitos de estabilidad emocional y económica tendría que poder aplicar a un proceso de adopción, sometiéndose a los estudios y controles que hoy cualquier pareja heterosexual debe cumplir antes y después de la adopción”
     
El problema de la adopción para parejas del mismo sexo es bastante complejo, hasta el momento hemos nombrado solo una pequeña parte de él, pero ya nos deja mucho que pensar el hecho de que cada día que pasa le estamos violando el derecho a la igualdad a un sector de la sociedad que por no seguir con lo que estamos acostumbrados simplemente nos vemos obligados a discriminar ¿Dónde queda todo el avance de la humanidad? Si más de 5000 años después todavía seguimos cometiendo los mismos errores. La historia nos demostró que negarle el sufragio a las mujeres fue un error, que dividir a los países entre negros y blancos también fue un error, pero simplemente se han reformado las formas de discriminar, hoy el blanco fácil son los homosexuales y por eso se siguen viendo instituciones que a favor de la Iglesia dan conceptos erróneos acerca de la adopción homoparental.
     
Se puede llegar a ser muy sesgado en el apoyo a la adopción para parejas del mismo sexo, pero es que es inaceptable el sesgo que también hubo al momento de pedir conceptos para el fallo de la Corte donde entidades como la Universidad de la Sabana -fidelizada con el Opus Dei- dicen que se comprueba que la homosexualidad es una enfermedad ¿En qué época estamos?¿En la inquisición? La docente Victoria Eugenia Cabrera, de esta Universidad afirmó que: “los argumentos del movimiento LGBTI se basan en los derechos de ellos como homosexuales, y no en el bienestar y estabilidad de los niños colombianos. Si bien los homosexuales han adquirido ventajas “y son personas valiosas y respetables”, solucionar el asunto de la adopción a su favor es beneficiarlos, “¿pero beneficia también a los niños?”, todavía siguen hablando de los homosexuales como personas diferentes a ellos, y son estos los conceptos que vemos en la tendencia, claramente existió un sesgo político y una manipulación para que se produjera el fallo en las condiciones con el cual se produjo.
     
Sin contar que también a nivel mediático se hizo una propaganda reprochable por parte de los altos jerarcas de la Iglesia católica quienes presionaron e influyeron en la decisión  final, además de la senadora Viviane Morales que insiste en un referendo –que involucra altos costos económicos y políticos- para que la decisión que favorece a una minoría de tendencia homosexual quede en manos de una sociedad en su mayoría heterosexual que ha demostrado ser ortodoxa, retrograda y arcaica.
     
Y no sólo Viviane Morales; que en una ocasión utilizó argumentos de una investigación hecha por Kylie Pruett pero él mismo desmintió, tomándolo como una tergiversación de los argumentos que habían en la investigación donde simplemente se refiere a que es beneficioso que un niño crezca con un hombre y una mujer, pero que no es necesario que sean sus padres, sino que tenga una figura masculina y una femenina en su vida; sino también personajes como Alejandro Ordoñez se han mostrado reacios a estos cambios, simplemente por tratarse de una afectación a su moral ¿pero esto es suficiente para negar la adopción homoparental?
      
Al final, vemos que la Corte simplemente avala la adopción individual por parte de padres homosexuales y la adopción por consentimiento, a través de la cual las parejas del mismo sexo pueden adoptar siempre y cuando el niño sea hijo biológico de uno de los miembros de la pareja y que los dos, de manera consensuada, pidan la adopción, es esto contradictorio, a lo cual Abelardo de la Espriella considera que "se hace supremamente necesario hacer una evaluación de la sociedad contemporánea, pues es evidente que las costumbres y las tradiciones de hoy en día son distintas a las que inspiraron muchas de las leyes actuales, como la de la concepción tradicional de la familia".
En conclusión, la decisión de la Corte no corresponde al precepto de que una familia puede ser constituida por  dos personas, sin importar su orientación sexual ya que se adapta a la realidad social del país y del mundo, pero en este caso no fueron idóneos al tener en cuenta que la adopción, como mecanismo para proteger a los niños y darles familia y condicionado a la protección del interés superior del menor y la garantía del derecho de las personas a constituir una familia no debe discriminar a las parejas homosexuales, máxime cuando los hechos han demostrado que: las parejas homosexuales son idóneas para adoptar y criar hijos sin demostrarse ninguna afectación en el desarrollo psicológico o social de los niños; reconocer los derechos de las parejas homosexuales para constituirse en matrimonio, unión marital de hecho y adoptar es constitucional y garantiza la igualdad;  la mayoría de ideas en contra de la adopción son de tipo moral o religioso, sin tener en cuenta que el Estado Colombiano es laico y sus decisiones judiciales no deben ser tomadas con ningún tinte religioso; la Corte Constitucional no adoptó el derecho contemporáneo ni la realidad social para resolver el problema jurídico; y que la historia le va a demostrar a Colombia y al mundo que estos incidentes de tipo discriminatorios van a ser recordados en años futuros como un atropello a los derechos de las personas pertenecientes a grupos LGBTI.

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