Adopción homoparental
¿El fallo de la Corte
Constitucional favorece el interés superior del menor?
Es siglo XXI: vivimos en un mundo globalizado y el contexto histórico ha permitido el avance tecnológico, científico, médico y profesional alrededor del mundo. Si comparamos el año 2017 con la edad media u otras épocas de la humanidad en que había más represión, más enfermedades, menos control político y no existían derechos fundamentales, puede parecer que estamos viviendo una época maravillosa; pero hay ciertos aspectos culturales que a pesar de los años siguen siendo constantes en la sociedad y han sido difíciles de erradicar precisamente por su arraigo en la mente de las personas.
Si bien a lo largo de los años a nivel
internacional ha habido cambios notables y radicales en cuanto a obtención de
derechos, es bien sabido que la lucha ha sido ardua y todavía hoy se sigue
peleando por el reconocimiento de derechos de ciertas minorías. Hasta hace unos
años la gente peleaba por disminuir las horas de trabajo, luego para que las
mujeres votaran y después por la eliminación de la discriminación a los negros;
pero a pesar de todo esto, la sociedad siempre busca un nuevo nicho para
discriminar, todavía existe el racismo, el machismo y la homofobia, tres
fenómenos que nos permite evidenciar que a pesar de las reformas culturales y
políticas, es necesario seguir luchando por una igualdad salarial para hombres
y mujeres, mayor protección a las diferentes razas y una tolerancia a las
diferentes orientaciones sexuales, por solo nombrar unos de los problemas de
discriminación que podemos mirar a diario en nuestras casas, barrios,
universidades o lugares de trabajo.
Es preocupante que en la actualidad
sigan existiendo instituciones que permitan este tipo de discriminaciones y en
especial al grupo de personas que vamos a enfocar en este trabajo: los
homosexuales. La Iglesia es una de ellas, que aparte de las guerras que ha
causado durante toda la historia, también es el constante ejemplo de la ironía
y la hipocresía; al tiempo que dicen que es necesario amar al prójimo dicen que
no pueden aceptar que un homosexual tenga derechos, como si fuera un animal.
Por esto es decepcionante que sigan pregonando a sus fieles palabras que por
ser dogmas de fe, la gente tenga que seguir al pie de la letra.
Por esta razón, es decepcionante ver que
todavía la iglesia sigue teniendo voz y voto en las decisiones del país. A
nivel jurídico, Colombia es un estado laico, lo cual aparte de garantizar la
libertad de cultos, independiza al Estado de la Iglesia, totalmente diferente a
como era Colombia con la Constitución de 1886; pero así mismo hoy se sigue
interpretando el derecho a razón de los preceptos morales de la iglesia y se
evidencia en gran parte con la decisión de la Corte Constitucional en la Sentencia
C-071 del año 2015.
Desde la Constitución Política de 1991 se
garantizan derechos como la igualdad, la libertad, el libre desarrollo de la
personalidad o el derecho a tener una familia y no ser separado de ella, pero
para ciertos sectores de la sociedad, en su mayoría que siguen una religión
cristiana tienden a creer que estos derechos son solo para heterosexuales, sin
tener en cuenta que existe una libertad de ser, formarse y crecer de la manera
en que cada persona considere necesario sin afectar al resto de personas de la
sociedad, pero ¿por qué se sigue creyendo que darle vía libre a los
homosexuales de que adopten es un peligro para la sociedad y afecta el bien
común?
Cuando se presentó la demanda de
inconstitucionalidad a la Corte Constitucional se hizo con la finalidad de que
el artículo 64, 66 y 68 del Código de infancia y adolescencia, respectivos a la
adopción, se diera en las mismas condiciones para parejas del mismo sexo, en el
entendido de que es necesario garantizar su derecho a la igualdad, a tener una
familia y no ser separado de ella y favorecer el interés superior del menor;
además de demandar el artículo 1 de la Ley 54 de 1990 para que se ampliara el
concepto de “compañeros permanentes” también a las parejas del mismo sexo.
Pero la Corte Constitucional no sólo dejó
en vilo el problema jurídico que se presentó sino que de manera regresiva sentó
un precedente que no es beneficioso para los homosexuales. Entendiendo al
Derecho como una institución a favor de los fines del hombre como su propia
libertad, la justicia y la igualdad, no es posible que por concepciones
religiosas que tienen más de 2000 años se sigan dando conceptos
jurisprudenciales que pueden ser tildados de arcaicos, máxime cuando a nivel
internacional ya se ha legislado sobre el tema y está más que determinado por
la fuerza misma de los hechos sociales.
Dicho esto, considero que la Corte debería
acogerse a lo que la sociedad y los tiempos
actuales exigen, a la fecha ya se considera constitucionalmente a la familia
como la constituida tanto como por hombre, mujer e hijos, como las que integran
al resto de miembros de la familia y así mismo a las integradas por parejas del
mismo sexo entendiendo que lo que une a una familia es la solidaridad y el
amor. Pero si en general insisten en que la sociedad heteropatriarcal que tanto
ha discriminado e impuesto estereotipos es la única familia que tiene derechos
están muy equivocados.
Nuestro sistema jurídico garantiza los derechos
a todas las personas sin distinción alguna de géneros, razas o creencias, por
lo tanto, dentro de esto es necesario que sea aceptada la adopción de hijos
para parejas del mismo sexo y la constitución de sociedades patrimoniales,
unión marital de hecho y matrimonio, contribuyendo así a la igualdad de
géneros, al progreso de la civilización humana y al final de la discriminación
de los sentimientos y pasiones humanas sólo porque no siguen los dogmas que la
religión impone.
La concepción de esta sentencia tiene un
tinte religioso y va en contra de todo el derecho contemporáneo; la familia
puede estar constituida por parejas del mismo género, la igualdad de géneros es importante para el vivir en
comunidad, todos los ciudadanos tienen los mismos derechos ¿o en qué parte de
la Constitución se prohíbe esto? ¿Por qué insisten en la incompatibilidad de
una pareja homosexual para adoptar, convivir, y educar a sus hijos? Son
bastantes los estudios que prueban que no hay un desequilibrio sicológico,
familiar ni humano para los hijos que se crían con padres del mismo sexo, pero la
iglesia y otros grupos homofóbicos y discriminatorios han montado una cantidad
inmensa de especulaciones a ese grupo que integra la sociedad y que tiene los
mismos derechos que el resto de sectores de la sociedad para sindicarlos de que
no son aptos para adoptar ni para criar hijos y el Estado en su administración
de justicia en vez de acabar con esto ha impulsado conceptos equivocados sobre
la capacidad de los homosexuales para adoptar
y convivir como seres humanos normales con los mismos derechos y obligaciones.
Por eso esta sentencia solo puede entenderse
como una regresión más que hizo la Corte a los derechos de grupos LGBTI al no interpretar
el derecho contemporáneo, ni el contexto social e internacional sino que
contaminados de intereses políticos, religiosos y personales listas le quedan
debiendo a la historia una opción de desarrollo cultural, de decirle a las
nuevas generaciones que el país le dio una oportunidad a todas las personas sin
discriminación de adoptar y de darle un hogar a miles de niños que hoy se
encuentran en hogares del ICBF con madres sustitutas, personas que no podrán
durar más de 1 año a su lado, creciendo sin el suficiente amor y sin las
oportunidades que debería tener todo niño en el país ¿Acaso es esto pensar en
el interés superior del menor? Pensar que cada día que pasa sin legislarse
sobre el tema hay más niños que son abandonados por parejas que para la sociedad
son supuestamente aptas para criar hijos porque son heterosexuales pero que han
demostrado que no por seguir con los estereotipos le pueden dar todo a un hijo.
Mauricio Albarracín, de Colombia Diversa sostiene que “Una pareja homosexual que cumpla con todos los requisitos de
estabilidad emocional y económica tendría que poder aplicar a un proceso de
adopción, sometiéndose a los estudios y controles que hoy cualquier pareja
heterosexual debe cumplir antes y después de la adopción”
El problema de la adopción para parejas
del mismo sexo es bastante complejo, hasta el momento hemos nombrado solo una
pequeña parte de él, pero ya nos deja mucho que pensar el hecho de que cada día
que pasa le estamos violando el derecho a la igualdad a un sector de la
sociedad que por no seguir con lo que estamos acostumbrados simplemente nos
vemos obligados a discriminar ¿Dónde queda todo el avance de la humanidad? Si
más de 5000 años después todavía seguimos cometiendo los mismos errores. La
historia nos demostró que negarle el sufragio a las mujeres fue un error, que
dividir a los países entre negros y blancos también fue un error, pero
simplemente se han reformado las formas de discriminar, hoy el blanco fácil son
los homosexuales y por eso se siguen viendo instituciones que a favor de la
Iglesia dan conceptos erróneos acerca de la adopción homoparental.
Se
puede llegar a ser muy sesgado en el apoyo a la adopción para parejas del mismo
sexo, pero es que es inaceptable el sesgo que también hubo al momento de pedir
conceptos para el fallo de la Corte donde entidades como la Universidad de la
Sabana -fidelizada con el Opus Dei- dicen que se comprueba que la
homosexualidad es una enfermedad ¿En qué época estamos?¿En la inquisición? La
docente Victoria Eugenia Cabrera, de esta Universidad afirmó que: “los argumentos del movimiento LGBTI se
basan en los derechos de ellos como homosexuales, y no en el bienestar y
estabilidad de los niños colombianos. Si bien los homosexuales han adquirido
ventajas “y son personas valiosas y respetables”, solucionar el asunto de la
adopción a su favor es beneficiarlos, “¿pero beneficia también a los niños?”,
todavía siguen hablando de los homosexuales como personas diferentes a ellos, y
son estos los conceptos que vemos en la tendencia, claramente existió un sesgo
político y una manipulación para que se produjera el fallo en las condiciones
con el cual se produjo.
Sin contar que también a nivel mediático
se hizo una propaganda reprochable por parte de los altos jerarcas de la
Iglesia católica quienes presionaron e influyeron en la decisión final, además de la senadora Viviane Morales
que insiste en un referendo –que involucra altos costos económicos y políticos-
para que la decisión que favorece a una minoría de tendencia homosexual quede
en manos de una sociedad en su mayoría heterosexual que ha demostrado ser
ortodoxa, retrograda y arcaica.
Y no sólo Viviane Morales; que en una
ocasión utilizó argumentos de una investigación hecha por Kylie Pruett pero él
mismo desmintió, tomándolo como una tergiversación de los argumentos que habían
en la investigación donde simplemente se refiere a que es beneficioso que un
niño crezca con un hombre y una mujer, pero que no es necesario que sean sus
padres, sino que tenga una figura masculina y una femenina en su vida; sino
también personajes como Alejandro Ordoñez se han mostrado reacios a estos
cambios, simplemente por tratarse de una afectación a su moral ¿pero esto es
suficiente para negar la adopción homoparental?
Al
final, vemos que la Corte simplemente avala la adopción individual por parte de
padres homosexuales y la adopción por consentimiento, a través de la cual las
parejas del mismo sexo pueden adoptar siempre y cuando el niño sea hijo
biológico de uno de los miembros de la pareja y que los dos, de manera consensuada,
pidan la adopción, es esto contradictorio, a lo cual Abelardo de la Espriella
considera que "se hace supremamente
necesario hacer una evaluación de la sociedad contemporánea, pues es evidente
que las costumbres y las tradiciones de hoy en día son distintas a las que
inspiraron muchas de las leyes actuales, como la de la concepción tradicional
de la familia".
En
conclusión, la decisión de la Corte no corresponde al precepto de que una
familia puede ser constituida por dos
personas, sin importar su orientación sexual ya que se adapta a la realidad
social del país y del mundo, pero en este caso no fueron idóneos al tener en
cuenta que la adopción, como mecanismo para proteger a los niños y darles
familia y condicionado a la protección del interés superior del menor y la
garantía del derecho de las personas a constituir una familia no debe
discriminar a las parejas homosexuales, máxime cuando los hechos han demostrado
que: las parejas homosexuales son idóneas para adoptar y criar hijos sin
demostrarse ninguna afectación en el desarrollo psicológico o social de los
niños; reconocer los derechos de las parejas homosexuales para constituirse en
matrimonio, unión marital de hecho y adoptar es constitucional y garantiza la igualdad; la mayoría de ideas en contra de la adopción
son de tipo moral o religioso, sin tener en cuenta que el Estado Colombiano es
laico y sus decisiones judiciales no deben ser tomadas con ningún tinte
religioso; la Corte Constitucional no adoptó el derecho contemporáneo ni la
realidad social para resolver el problema jurídico; y que la historia le va a
demostrar a Colombia y al mundo que estos incidentes de tipo discriminatorios
van a ser recordados en años futuros como un atropello a los derechos de las
personas pertenecientes a grupos LGBTI.
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