Derecho Natural y Derecho Positivo
DERECHO NATURAL Y
POSITIVISMO: PROBLEMA HISTÓRICO DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
Kauffman busca hacer un proceso histórico para relatar el cambio que ha
tenido la filosofía del derecho en las diferentes épocas de la historia y qué
filósofos y grandes exponentes aportaron a las corrientes surgidas
históricamente por los diferentes contextos sociales en los que se encontraban
los países en que se desarrollaron cambios históricos que permitieran reformar
el pensamiento en la filosofía del derecho.
Para comprender
los problemas actuales es necesario conocer el proceso que tuvo hasta llegar al
presente, así se tiene que estudiar el derecho y por eso se crea la necesidad
de explicar dichos procesos históricos que a través de la experiencia se han
consolidado y considerado ciencias eficaces y válidas.
Desde la época
arcaica hasta hoy se ha creado una controversia entre el derecho natural y el
derecho positivo que sólo empezó desde el paso que dio el hombre del mito al
logos, concibiendo que el derecho se podía encontrar en el logos, o naturaleza;
gracias a esto, durante muchos años se presentó la idea de que el derecho en
mayor parte natural partiendo desde ideales que buscan lo “justo” “correcto” o
“bueno” y encontrándolo claro está: en la naturaleza.
Fueron los griegos
quienes por primera vez pudieron plantear un derecho diferente al natural, es
decir, el derecho positivo. Así como Aristóteles, Platón o Sócrates crearon su
doctrina desde el derecho natural hubieron otros tantos como Zenón, Crispo,
Séneca, Epicuro, Plotino o Marco Aurelio que seguían la concepción planteada
por Cicerón de que a cada quién ha de darse lo suyo, tiene que corresponderle
su derecho.
Más adelante, el
cambio a la época medieval se da representado por San Agustin y el derecho se ve
marcado por el cristianismo y no solo se presenta la división entre el derecho
natural y positivo, sino que el derecho divino tiene una gran influencia en la
mayoría de los filósofos de la época como Santo Tomás, Wilhelm von Ockham y
Johannes Duns Scotus que en sentido general plantea que solo existe lo
particular, lo especial.
Para la
modernidan, Kauffman presenta a filósofos como Hugo Grocio, René Descartes,
Francis Bacon, John Locke y David Hume que manteniendo las mismas ideas del
derecho natural, lo consideran algo absoluto, universal y suprahistórico
teniendo supremacía sobre el derecho positivo, siendo válido el iusnaturalismo
para todos los hombres y todos los tiempos. En la modernidad también se vio la
teoría del contrato social escrita por Rousseau y trata el libre convenio de
derechos y obligaciones que fijan los individuos para un recíproco consenso.
Ya en el siglo
XIX, se crearon una serie de códigos que hasta para el racionalismo fue
exagerado y fue Savigny quien declaró que el derecho natural es “una infinita
arrogancia de los filósofos” considerando de manera iuspositivista que son las
fuerzas del pueblo quienes crean el derecho, este filósofo fue parte de la
escuela histórica del derecho que en busca de desplazar el derecho natural
también se dejó afectar por el criticismo de la época fundado por Kant que
busca concederle al entendimiento la capacidad de pensar el objeto de la
percepción sensible.
A esta época
también se suma Stammler quién formula un neokantismo que define al derecho
natural como qué no es posible ninguna proposición jurídica y Hegel concibe que
la conciencia depende del ser, además se opone a los ideales marxistas de este
siglo que también se vieron
influenciados por el positivismo jurídico-científico de Franz Wieacker,
tendencias neokantianas, de Kelsen y Adolf Merkel, positivismo empirista de
Rudolf v. Jhering y el ontologismo escolástico de Puchta.
Para antes de la
segunda guerra mundial el movimiento de derecho libre de Hermann también
influyo en el derecho de esa época y con el positivismo legal de final de siglo
XIX lograron que para después de la segunda guerra mundial el positivismo
jurídico clásico y la doctrina clásica del derecho natural fracasaran, por lo
tanto se posicionaron nuevas doctrinas que en algunos casos propusieron renovar
el derecho natural, pero también nace un neopositivismo que rechaza ideas del
derecho natural y concibe de manera pre-existente y cambiante el fundamento del
ser y la validez del derecho.
Para 1930 la
teoría jurídica funcionalista se toma el derecho y Niklas Luhmann busca
contraponer el derecho ontológico-substancial y Charles S. Pierce pasa a
estudiar las substancias de las situaciones y las relaciones, por último
Radbruch busca encontrar un camino más allá del derecho natural y positivo
proponiendo varias soluciones susceptibles de consenso.
A continuación, una
nueva fenomenología creada por Edmund Husserl busca renovar la filosofía del
derecho y el método fenomenológico también es adoptado por Gerhart Husserl para
incorporar nuevos elementos al derecho, más allá del normativo. Una versión
teórico-valorativa también se adapta a este método y es Hans Welzel quien
plantea que todo el derecho está estructurado por estructuras lógico-materiales
y al final, es el neohegelianismo quien renueva la filosofía del derecho para
darle un concepto general y concreto
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